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El Tribunal Superior Electoral ordenó a la Junta Electoral de Postrer Río, provincia Independencia que expida certificado del señor Galver Grimandys Dotel Batista, en sustitución de Vileika Mabel Carvajal Recio.
Se exige dicha corrección debido a que por un error, la Junta Electoral había proclamado ganadora a la señora Carvajal Recio, cuando el candidato más votado por el Partido de la Liberación Dominicana (PLD), había sido Dotel Batista.
Los magistrados Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo, juez presidente; Rosa Pérez de García; Pedro Pablo Yermenos Forastieri; Fernando Fernández Cruz y Hermenegilda del Rosario Fondeur Ramírez, jueces titulares, acogieron la acción de amparo sin oposición por haber demostrado el accionante, señor Dotel Batista, una amenaza susceptible de vulnerar su derecho fundamental de ser elegido, en virtud de que:
- a) El Partido de la Liberación Dominicana obtuvo un escaño a regidor en el municipio Postrer Río. Por su lado, de la relación general definitiva del cómputo preferencial de regidores se constata que el candidato del citado Partido con mayor votación preferencial fue quien ocupó la posición número 2 con 213 votos.
- b) El accionante fue quien figuró en la boleta electoral utilizada para las elecciones generales ordinarias en el nivel de regidores en la posición número 2 dentro de la casilla del PLD; mientras que la señora Vileika Mabel Carvajal Recio figuraba en la posición número 1.
- c) Al comprobar que, en la relación de candidatos electos en las elecciones ordinarias generales municipales del 18 de febrero del 2024, figura como candidata electa del PLD la señora Vileika Mabel Carvajal, se comprueba que el regidor que debe figurar como ganador al puesto de regidor por el PLD es el accionante Galver Grimandys Dotel Batista.
El pleno del TSE pronunció el defecto por falta de comparecer de la señora Vileika Mabel Carvajal Recio, no obstante haber sido legalmente citada.
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